Parlamento Estudiantil

En abril de éste año fueron aprobados los nuevos estatutos que rigen la organización de la representación estudiantil en la Universidad Metropolitana. El cambio más significante es la creación de la Federación de Centros de Estudiantes de la Universidad Metropolitana (FCE-UNIMET), creándose entonces el Parlamento Estudiantil como el máximo órgano de la FCE-UNIMET para la deliberación, toma de decisiones y orientación de las políticas del mismo. Sus decisiones serán vinculantes para todos los organismos internos de la FCEUNIMET y la comunidad estudiantil (Art.7).

El Parlamento Estudiantil estará integrado por los siguientes miembros, de los cuales cada uno tendrá derecho a un (1) voto en las Asambleas del Parlamento Estudiantil:

a) El Presidente del CEUM del FCE-UNIMET.
b) El Secretario General del CEUM del FCE-UNIMET.
c) El Coordinador General del CEUM del FCE-UNIMET.
d) Los Presidentes de los Centros de Estudiantes, y en su ausencia, sus Coordinadores Generales respectivos.

Dentro de la misma organización del parlamento se contará con:

  • Un Presidente, encargado de servir como moderador en las Asambleas del Parlamento Estudiantil; elaborar y presentar la agenda de cada asamblea del Parlamento Estudiantil; e incluir en la agenda los puntos que sean solicitados por alguno de los miembros del Parlamento Estudiantil.
  • y un Secretario, encargado de convocar las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias del Parlamento Estudiantil; recibir, verificar y archivar toda la documentación que se maneja en el seno del Parlamento Estudiantil; y comunicar a toda la comunidad estudiantil, por los medios que considere más idóneos, las decisiones tomadas en el Parlamento Estudiantil.

Estos cargos serán elegidos por el propio Parlamento Estudiantil durante la primera Asamblea Ordinaria del primer período académico de cada año (Art. 15), al igual que se escogerán los representantes estudiantiles que estarán presentes en el Consejo de Facultad.